Desde el 9 de octubre de 2024, la nueva ley europea de transferencias inmediatas (Reglamento UE 2024/886) marca un antes y un después para el sector financiero. Las entidades bancarias deben adaptarse a un entorno donde la inmediatez, la seguridad y la confianza del cliente se convierten en pilares clave del nuevo sistema de pagos en la Unión Europea.
¿Qué cambia con la nueva ley europea de transferencias inmediatas?
La nueva normativa sobre transferencias bancarias que recoge el Reglamento (UE) 2024/886 del Parlamento Europeo y del Consejo ya ha entrado íntegramente en vigor y desde el 9 de octubre todos los bancos de la Unión Europea de los Estados Miembros que operan con el euro deben ofrecer transferencias inmediatas en las mismas condiciones que las ordinarias.
El objetivo de esta ley es fomentar el uso de pagos inmediatos para crear un mercado integrado en la UE, más equitativo y accesible. Entre los puntos más destacados, la normativa establece que las transferencias instantáneas deberán tener el mismo coste que las transferencias ordinarias, las cuales, en muchos casos, son gratuitas.
Esta ley busca impulsar la innovación financiera, adaptándose a las exigencias actuales de inmediatez y eficiencia que exige la era digital. Supone una oportunidad para mejorar la experiencia digital de los clientes, pero también el reto de reforzar su confianza en el sistema financiero.
¿A quién afecta directamente esta normativa?
Esta normativa sitúa a los bancos de la Unión Europea en el epicentro, ya que todas las entidades financieras deberán garantizar que los usuarios puedan realizar transferencias inmediatas a través de los mismos canales disponibles para las transferencias ordinarias. Esto incluye cajeros automáticos, oficinas físicas y plataformas de banca en línea.
De esta forma, los principales beneficiados son los usuarios, que ven una mejora sustancial en su experiencia bancaria: las transferencias se ejecutan en cuestión de segundos y mantienen el mismo coste que las operaciones ordinarias.
¿Qué riesgo de fraude introduce este cambio?
Esta transformación representa un gran avance en la digitalización del sector bancario, pero también implica ciertos riesgos que los usuarios y entidades deben tener en cuenta.
Desde 2021, los intentos de fraude se han incrementado en un 88%, los fraudes consumados han aumentado un 61% y afectan al 25% de los ingresos anuales en banca, según datos del informe The Battle in the Dark de Signicat. Todo ello mediante suplantación de la identidad, falsificación documental y robos de cuentas, a través de métodos cada vez más sofisticados, con ingeniería social e inteligencia artificial.
Cuando se produce una transferencia inmediata, resulta imposible revertir la operación. No existe margen para su cancelación ni es posible su retroceso, lo que hace necesario reforzar los protocolos de identificación y verificación de la identidad: mantener todas las garantías previas a la ejecución de la operación.
Para mitigar estos riesgos, las entidades deben invertir en soluciones de detección de fraude bancario en tiempo real, capaces de identificar patrones sospechosos antes de ejecutar la operación.
¿Qué exige la normativa en materia de verificación del beneficiario?
Los bancos ya estaban obligados a verificar la identidad del emisor, pero este reglamento incluye una novedad: los proveedores de servicios de pago deberán ofrecer un servicio gratuito de garantía de verificación del beneficiario al que el cliente tenga intención de enviar la transferencia, para evitar envíos a beneficiarios no deseados antes de autorizar la transferencia.
Esta medida busca reforzar la seguridad de las operaciones e involucra a los bancos tanto del ordenante como del beneficiario. Al realizar la transferencia, el banco del usuario solicitará al banco receptor que compruebe si los datos introducidos coinciden con los registros. Si no coinciden, se informará al usuario de que el dinero podría enviarse a una persona o empresa diferente a la deseada, permitiendo cancelar la operación.
En caso de transferencia errónea, las entidades se harán responsables únicamente en los casos donde estas medidas de verificación no se hayan cumplido.
¿Qué papel juega la autenticación y el KYC en este nuevo entorno?
La combinación de autenticación reforzada y verificación KYC es fundamental para cumplir con los requisitos del Reglamento (UE) 2024/886 y proteger tanto al cliente como a la entidad. Conforme al Reglamento de transferencias inmediatas, las entidades financieras deberán disponer de sistemas automáticos de detección de fraude y compartir información sospechosa entre ellas con el fin de reducir los riesgos y fortalecer la integridad del sistema financiero.
El KYC (Know Your Customer) y la autenticación juegan un papel esencial para garantizar la seguridad en las transferencias bancarias, una cuestión que se encuentra ya desarrollada en otros en la Directiva (UE) 2015/2366 de Servicios de Pago PSD2, que promueve el sistema de autenticación reforzada.
Los procesos de verificación de identidad son imprescindibles para prevenir el fraude y asegurar la legitimidad de las operaciones. A través de estos mecanismos, se comprueba que el cliente sea realmente quien declara ser, se evalúa el riesgo asociado a la transacción y se realiza un monitoreo continuo de las operaciones.
¿Cómo te puede ayudar Servinform?
Servinform es un aliado estratégico en la prevención del fraude tras la entrada en vigor de la nueva ley. Garantizar transferencias inmediatas seguras pasa por reforzar los sistemas de identificación, verificación y validación del cliente, y en Servinforn lo hacemos posible de la mano de Signicat. Desarrollamos soluciones en tiempo real, a lo largo de todo el ciclo de vida del cliente para garantizar que todas las operaciones sean seguras.
- Onboarding: verificamos la identidad digital del cliente mediante videoidentificación biométrica y validación documental, asegurando la autenticidad de la persona y la legalidad del documento presentado.
- Análisis: aplicamos medidas de diligencia reforzada (KYC/AML) para evaluar el riesgo del cliente, revisar su documentación y confirmar su validez antes de la admisión definitiva.
- Validación de 2º nivel: revisamos los análisis del primer nivel y comprobamos el comportamiento digital, orígenes de conexión y bases de datos antifraude para garantizar una identificación segura y confiable.
- Gestión de alertas y escenarios de fraude 24/7: supervisamos en tiempo real la actividad del cliente para detectar comportamientos anómalos o sospechosos, bloqueando operaciones y elevando casos de riesgo para su resolución.
- Gestión de incidencias: atendemos incidencias operativas vinculadas a Bizum, transferencias, embargos y tarjetas, gestionando retrocesiones, bloqueos o devoluciones según corresponda y asegurando la trazabilidad del proceso.
- SAC: tramitamos y resolvemos reclamaciones relacionadas con fraude u otras incidencias, ofreciendo respuestas fundamentadas y gestionando la relación con los organismos reguladores cuando procede.
¿Tu entidad está preparada para operar bajo la nueva ley de transferencias inmediatas? Contacta con Servinform y descubre cómo nuestras soluciones de prevención del fraude bancario pueden ayudarte a cumplir con el Reglamento (UE) 2024/886 con total garantía.